|
|
|
Estímulos al Desempeño Docente
|  | Objetivo | | Reconocer el desempeño docente de los profesores del nivel medio superior, mediante un apoyo económico que contribuya a mejorar su productividad, así como a elevar la calidad de su trabajo docente. | | Descripción del programa | | El programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente tiene el propósito de impulsar y reconocer la calidad, desempeño, dedicación y permanencia del personal docente de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), y busca contribuir a la operación y fortalecimiento del Programa de Formación y Actualización Docente de la propia SEMS. | Criterios a considerar dentro del procedimiento del programa
de estímulos al desempeño docente 2010 del Bachillerato Tecnológico | 1.Se recibirán las constancias presentadas por el personal docente, relativas a la elaboración de programas académicos y serán valoradas en el numeral 2.1.5.2 del instrumento 2010. Cabe señalar, que las constancias acreditadas serán aquellas extendidas por la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico.
2.Se deberán aceptar constancias que acrediten algún nombramiento o realización de alguna actividad, cargo o comisión, aún cuando dichas constancias hayan sido extendidas el año próximo pasado, es decir, durante el año a evaluar, sin que se exija la presentación de constancias para avalar dicha actividad, cargo o comisión con fecha actual, toda vez que ha se ha extendido una constancia previa, con valor oficial.
3. Con fundamento en lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, el cual señala que: “las horas que hacen falta para cubrir la carga reglamentaria frente a grupo, deberán ser justificadas con la realización de actividades académicas de interés para la institución”, se deberá aceptar la presentación de la constancia de profesores que se encuentran actualmente comisionados a la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico, en lugar de la constancia para acreditar que actualmente el docente se encuentra impartiendo clases frente a grupo.
Lo anterior, debido a que por una parte, durante el periodo a evaluar, el docente con posibilidades de acceder al Programa en comento cumplió con carga horaria y por otra parte, actualmente realiza una comisión académica, encomendada por la Subsecretaría de Educación Media Superior en el marco de la Reforma Integral del Bachillerato. | | Convocatoria 2010 Bachilletaro Tecnológico (BT) | - Convocatoria 2010 para Estímulos al desempeño docente achilletaro Tecnológico (archivo pdf / 436 kb)
| | Formatos 2010 Bachilletaro Tecnológico | - Formato SDE-2010MS (archivo doc / 360 kb)
- Formato para la entrega de Información a la Coordinación Sectorial de Personal(archivo xls / 55 kb)
- Formato constancia para acreditar el requisito de evaluación docente ''Sistema en Línea para la Evaluación Docente''(archivo doc / 55 kb)
| | Normatividad Bachilletaro Tecnológico | | - Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente (archivo pdf / 1355 kb) | | Convocatoria 2010 para la Dirección General de Bachillerato DGB | - Centros de Estudio de Bachillerato (archivo pdf/268kb)
- Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas (archivo pdf/218kb) | | Formatos y anexos de la Convocatoria 2010 DGB | - Formato Cédula de Evaluación Docente de la DGB (archivo doc/188kb) - Anexos 1, para alumnos (archivo doc) - Anexos 1.1 para alumnos (archivo doc) - Anexos 1.2 para alumnos (archivo doc) - Anexos 2 para docentes (archivo doc) - Anexos 2.1 para docentes (archivo doc) - Anexos 2.2 para docentes (archivo doc) - Anexos 3 formato plan de clase (archivo doc) | | Preguntas frecuentes |

|
Son beneficios económicos adicionales e independientes del sueldo, no constituyen un ingreso fijo, regular ni permanente y no están sujetos a negociaciones con organizaciones sindicales o estudiantiles; tampoco pueden ser demandables ante otra autoridad gubernamental. El pago puede ser desde uno hasta 14 salarios mínimos mensuales, durante doce meses, a partir del 1 de abril de cada año, según el tipo de nombramiento y los resultados de la evaluación.
|
|

|
Los profesores de tiempo completo, con plaza compactada, y los que tengan nombramiento de tres cuartos de tiempo, medio tiempo o bien de 12 a 19 horas de asignatura, con categoría de técnico docente, profesor asociado o titular, que cumplan con las condiciones específicas de trabajo de las instituciones a las que pertenezcan, además de los requisitos de la convocatoria. Nota: El pago del estímulo está sujeto a la disponibilidad de los recursos económicos con que se cuente para ello.
|
|

|
Los profesores de tiempo completo deben cubrir, cuando menos, 12 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre, y continuar trabajando horas frente a grupo durante el siguiente periodo lectivo. El personal de tiempo completo que realiza actividades de investigación y desarrollo tecnológico, debe impartir un mínimo de cuatro horas-semana-mes de clases frente a grupo. Para los profesores de tres cuartos de tiempo, medio tiempo y 12 a 19 horas de asignatura, se establecen mínimos y máximos de horas-semana-mes de enseñanza frente a grupo.
En ambos casos, las horas que hacen falta para cubrir la carga reglamentaria frente a grupo deberán justificarse con la realización de actividades académicas de interés para la institución, las cuales se registrarán en los horarios del personal docente y en las estructuras educativas correspondientes.
|
|

|
Sí. Pueden hacerlo los jefes de departamento, los coordinadores de carrera, coordinadores de extensiones de planteles, jefes de oficina, jefes y auxiliares de laboratorio y taller con actividades de docencia, investigación y vinculación, con cuatro horas de clase frente a grupo, cuando menos, en cada semestre, en el periodo de evaluación y durante la vigencia del estímulo.
En ningún caso deben cobrar la compensación (DT o I8) por cargas administrativas o actividades directivas, a partir de la vigencia del pago del estímulo.
|
|

|
Sí. Pueden participar los profesores que se encuentren dentro de los programas de superación profesional y académica, periodo sabático o con licencia con goce de sueldo por beca comisión. |
|

|
Sí. Pueden participar en el programa las profesoras con licencia médica por gravidez. |
|

|
- Calidad en el desempeño de la docencia.
- Dedicación a la docencia.
- Permanencia en las actividades de docencia.
Éstas comprenden, además, labores de investigación y superación docente y profesional, correspondientes a los programas académicos e institucionales de innovación y desarrollo tecnológico de cada plantel.
Nota: Se deberán presentar copias del título y cédula profesional de licenciatura o de técnico o del grado de maestría o doctorado, de acuerdo con la categoría que ostente (según el perfil de la plaza), los cuales serán validados en la Dirección General de Profesiones.
En el caso de que un profesor cubra el perfil de su plaza con el título de licenciatura, aún cuando tenga el grado de maestría o de doctorado, se deberá anexar copia de la cédula correspondiente.
|
|
|
|
|
|
|